Herramienta IBI

Calculadora de IBI en Jimera de Líbar

Jimera de Líbar, Málaga — España

Estima el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a partir del valor catastral de tu vivienda.

Calculadora de IBI

Valor catastral total del inmueble (suelo + construcción). Lo encontrarás en el recibo del IBI.
Urbana: 0,4%-1,1% (media España ~0,60%). Consulta tu ayuntamiento.
Familias numerosas, VPO, energía solar... Consulta las bonificaciones de Jimera de Líbar.
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¿Qué es el IBI?

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que grava la propiedad de bienes inmuebles. Se paga anualmente y su cuantía depende del valor catastral del inmueble y del tipo impositivo aprobado por cada ayuntamiento.

Los tipos impositivos legales para bienes urbanos oscilan entre:

  • Mínimo: 0,4%
  • Máximo: 1,1% (puede llegar a 1,3% en municipios con circunstancias especiales)
  • Media nacional: aproximadamente 0,60%

Muchos ayuntamientos ofrecen bonificaciones por familia numerosa (hasta 90%), instalaciones de energía solar (hasta 50%), viviendas de protección oficial, o inmuebles de interés cultural.

Importante: esta calculadora es orientativa. Consulta la ordenanza fiscal de Jimera de Líbar para conocer los tipos y bonificaciones exactos aplicables.

IBI en Jimera de Líbar

El IBI en Jimera de Líbar (Málaga, Andalucía) depende del valor catastral de cada inmueble y del tipo impositivo aprobado por el Ayuntamiento de Jimera de Líbar.

Jimera de Líbar tiene 399 habitantes.

Ejemplo orientativo de IBI en Jimera de Líbar

Con un precio medio de vivienda de 2058 €/m² en Jimera de Líbar, una vivienda de 90 m² tiene un valor de mercado aproximado de 185.230 €. El valor catastral —la base sobre la que se calcula el IBI— lo fija el Catastro y por ley no supera el 50 % del valor de mercado (en la práctica suele situarse entre el 30 % y el 50 %), es decir, unos 55.570–92.610 € en este caso.

Aplicando el tramo legal del IBI urbano (0,4 %–1,1 %), la cuota anual orientativa se situaría entre 220 € y 1.020 €. Es una estimación ilustrativa: el importe real depende del valor catastral concreto de cada inmueble y del tipo que apruebe el Ayuntamiento de Jimera de Líbar en su ordenanza fiscal.